El Ministerio de Agricultura de Chile publicó en el Diario Oficial el decreto que incorpora formalmente la categoría de "vino bajo alcohol" al marco regulatorio nacional, tras la toma de razón de la Contraloría General de la República. La medida modifica el reglamento de la Ley N° 18.455, vigente desde 1986, que hasta ahora exigía una graduación alcohólica mínima de 11,5 grados para cualquier vino envasado destinado al consumo directo.
La nueva categoría define al vino bajo alcohol como aquella bebida elaborada exclusivamente a partir de zumo de uva parcial o totalmente fermentado, excluidas las uvas de mesa, mediante prácticas enológicas autorizadas, con una graduación alcohólica real mínima de 8,5 grados. El cambio no reemplaza ni reduce el piso histórico del vino tradicional, que se mantiene intacto en 11,5 grados: se trata de una categoría adicional que convivirá con la clasificación existente, sumándose a las figuras ya reconocidas de vino parcialmente desalcoholizado, vino desalcoholizado y espumante de baja graduación.
Por qué se eligió el umbral de 8,5 grados
El límite no fue arbitrario. El ministro de Agricultura, Jaime Campos, explicó que la cifra está alineada con los parámetros técnicos de la Organización Internacional de la Viña y el Vino, entidad que define al vino como una bebida obtenida exclusivamente mediante fermentación alcohólica del mosto de uva, estableciendo rangos de referencia internacionalmente aceptados para las distintas categorías del producto. El propio decreto reconoce además que países como Argentina, la Unión Europea, Estados Unidos y Australia ya contemplan graduaciones mínimas inferiores para determinados tipos de vino, lo que evidencia una tendencia regulatoria global hacia una mayor diversificación de categorías según contenido alcohólico.
El respaldo comercial detrás de la decisión
El fundamento económico citado en el propio texto oficial resulta contundente: el mercado mundial de vinos desalcoholizados y parcialmente desalcoholizados, valorado en 1.180,83 millones de dólares en 2023, proyecta alcanzar los 7.892,17 millones de dólares hacia 2032, lo que implica una tasa de crecimiento anual compuesta de 23,5% durante ese período. Ese ritmo de expansión contrasta de forma marcada con la caída sostenida que registran las ventas de vino tradicional tanto en Chile como en los principales mercados internacionales, presionadas por cambios generacionales en los hábitos de consumo.
Cambios de hábito que empujan a toda la industria
El propio ministerio vinculó la nueva normativa con tendencias de consumo asociadas a estilos de vida más saludables, mayor moderación en la ingesta de alcohol y preferencias de las nuevas generaciones, factores que ya venían presionando a las bodegas chilenas a diversificar su oferta más allá del vino convencional. Esa diversificación incluye tanto tecnologías de desalcoholización por conos rotativos, que extraen etanol de un vino ya elaborado, como estrategias de cosecha anticipada, que logran menor graduación de forma natural durante la fermentación sin intervención tecnológica posterior.
Una industria que se reordena frente al consumidor global
Con esta actualización normativa, Chile se suma a un movimiento regulatorio internacional que busca dar cobertura legal a un segmento de bebidas que crece a un ritmo muy superior al del vino tradicional. Para las bodegas exportadoras chilenas, contar con una categoría propia y claramente definida facilita tanto la comercialización interna como el posicionamiento de estos productos en mercados externos donde la demanda por opciones de menor graduación alcohólica continúa expandiéndose de forma acelerada.













